Entrevista a Carlos Terrazas, director del Departamento jurídico de la consultora

Carlos Terrazas

BUSCADOR DE FRANQUICIAS


 “En las relaciones de franquicia se buscan árbitros que tengan formación específica en la materia a tratar” Carlos Terrazas ha sido entrevistado en el programa de radio Franquicia2 de Ondainversión, que está patrocinado por la consultora. En ella, el director del Departamento Jurídico de la consultora y miembro del Comité de expertos jurídicos de la AEF, habla del acuerdo firmado entre la Asociación Española de Franquiciadores (AEF) y el Centro de arbitraje y mediación de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual.

Gracias a este acuerdo se ha puesto en marcha un novedoso servicio para impulsar la mediación y el arbitraje internacional entre los franquiciadores y las master-franquicias.

Desde explicar en qué consiste una master-franquicia hasta el porqué de la necesidad de contar con arbitraje especializado en materia de franquicias, Carlos Terrazas explica de manera sencilla las claves de este acuerdo que es un “sistema de garantías” según el propio Carlos.

¿Qué son los master-franquicias?

Los master-franquicias es una figura a través de la cual una empresa intenta hacer un desarrollo de su red en un determinado territorio que puede o coincidir necesariamente con un país. El master-franquiciado asume una doble posición. Por un lado actúa como un franquiciado normal, va a poder operar establecimientos a título propio, pero además va a poder otorgar con terceros un contrato de franquicia de tal manera que cree una red de sub-franquiciados en ese territorio.

Por lo tanto, este convenio de arbitraje, ¿en qué va a consistir?

Pues lo que va a hacer es permitir someter a arbitraje los acuerdos de master-franquicia, de hecho queda limitado a este tipo de acuerdos. En principio no están excluidos los contratos de franquicia individuales. Y se somete a la posibilidad de llevar a mediación o arbitraje los conflictos que pueda haber en relación de master-franquicia normalmente en contratos internacionales donde el franquiciador principal es de una nacionalidad y el master-franquiciado es de una nacionalidad distinta.

¿Existían muchos problemas al respecto entre franquiciadores y master-franquicias?

No. Vamos a ver, los contratos de franquicia y las relaciones de franquicia no son unas relaciones especialmente litigiosas. Y dentro de lo que son las relaciones de master-franquicia te diría que casi menos porque la relación de master-franquicia es una relación muy especial en el sentido de que cuando surge un conflicto entre un franquiciador principal y un master-franquiciado ten en cuenta que estamos hablando de un conflicto que afecta a todo un territorio para el desarrollo de la marca. Decíamos antes, en muchas ocasiones a todo un país. Entonces es de mutuo interés de las partes, solventar ese posible conflicto en primer lugar a través de una negociación. Y en segundo lugar a través de un sistema de resolución de conflicto que sea lo más rápido posible de ahí que el arbitraje y la mediación sean especialmente indicados para las relaciones de master-franquicia porque acortan mucho los tiempos del proceso.

En el caso de que surjan problemas, ¿qué tipo de problemas pueden surgir, o han surgido, que tengáis experiencia vosotros?

Bueno, los problemas normalmente suelen venir motivados por causas económicas ya sea impago de royalties o impago de algún tipo de suministro, algún tipo de obligación económica. Al margen de eso, existen otros potenciales conflictos relacionados con incumplimiento en las obligaciones de aplicar los procedimientos que establece la marca, el franquiciador principal. O también en ocasiones, en incumplimientos en materia de no competencia, es decir el no realizar actividades que puedan ser competencia a lo que es objeto de la franquicia.

¿Este convenio podemos decir que es un sistema de garantías para todo el mundo?

Desde mi punto de vista sí, es un sistema de garantías muy acertado porque insisto, el tema de los tiempos es especialmente importante en las relaciones de master-franquicia. Y luego además tiene una ventaja añadida que es que los tribunales ordinarios de justicia, a los jueces se les supone, y no lo pongo en duda, que tienen una formación adecuada. Pero en ocasiones es interesante también y esto se logra a través de los convenios arbitrales en muchas ocasiones, buscar árbitros que tengan una formación específica en la materia que se va a someter a arbitraje, como es el caso de las relaciones de franquicia, donde lo que se busca son árbitros que estén muy especializados en el tema de franquicia y que aporten un especial conocimiento del mundo de la franquicia. Con lo cual supone la ventaja de lograr una resolución de alta calidad jurídica.

¿Qué coste tiene?

Depende, porque ten en cuenta que los arbitrajes están sometidos a una tabla de honorarios y depende del importe de la cuestión que esté en litigio, la tabla marca unos honorarios u otros. El acuerdo firmado en la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual incluye los acuerdos de tasas de arbitraje, incluye los acuerdos de los honorarios de los árbitros y debo decir que son bastante razonables. Sobre todo teniendo en cuenta, y esta era una de las discusiones de toda la vida al comparar la ventaja de los arbitrajes ante los procedimientos ante los tribunales ordinarios de justicia, pues siempre se decía que los árbitros los pagan las partes y los jueces las administraciones públicas. Esto sigue siendo así pero el enorme crecimiento de las tasas judiciales que ha habido ha supuesto un encarecimiento de los procedimientos ordinarios ante los tribunales de justicia que hace que el sistema de arbitraje haya reforzado su atractivo.

¿Quiénes pueden recurrir al sistema de arbitrajes?

Cualquiera. El arbitraje es un sistema voluntario. Las partes que firman un contrato pueden optar por someter cualquier discrepancia que surja entre ellos en cualquier momento a arbitraje. Se puede hacer en el momento inicial, incluyendo una cláusula de arbitraje en el propio contrato o posteriormente de manera sobrevenida si surge algún litigio entre las partes pueden acordar aunque no lo hicieran inicialmente, someter ese conflicto a arbitraje.

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